Trabajo sobre las leyes que reglamentan la contaminación del agua.

Comparación de la norma estatal con la norma nacional.



Ley del Agua del Estado de Sonora



Contaminantes



ARTÍCULO 65.- EL Ejecutivo del Estado, a través de la Comisión, determinará los parámetros que deberán cumplir las descargas, la capacidad de asimilación y dilución de los cuerpos de aguas de jurisdicción estatal y las descargas de contaminantes que éstos pueden recibir, así como las metas de calidad y los plazos para alcanzarlas, mediante la expedición de declaratorias de clasificación de los cuerpos receptores de jurisdicción estatal, las cuales se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, lo mismo que sus modificaciones.





TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN DE LAS AGUAS RESIDUALES



ARTÍCULO 134.- Queda prohibido que los desechos tóxicos sólidos o líquidos productos de procesos industriales u otros clasificados como peligrosos conforme a las disposiciones aplicables, se eliminen por las redes de alcantarillado o sean vertidos en ríos, manantiales, arroyos, corrientes o canales localizados en el territorio del Estado de Sonora.



Los comercios, talleres, industrias y usuarios tendrán la obligación de construir las trampas de sólidos, las desnatadoras de grasas o los sistemas de tratamiento antes de la descarga de sus aguas residuales al drenaje o alcantarillado, que la naturaleza de éstas requieran para cumplir con las condiciones particulares de descarga que determine el prestador del servicio.



Las descargas de aguas residuales provenientes de procesos industriales que requieran conectarse a las redes municipales de drenaje y alcantarillado deberán sujetarse a los límites máximos permisibles en las normas oficiales mexicanas.



Corresponde a los usuarios no domésticos que efectúen descargas de aguas residuales a los sistemas de drenaje y alcantarillado, reintegrarlas en condiciones para su aprovechamiento y mantener el equilibrio ecológico de los ecosistemas o, en su caso, cumplir con lo estipulado en la norma oficial mexicana, o con las condiciones particulares de descarga que le imponga el organismo operador.



Los responsables de las descargas a que se refiere este artículo, deberán solicitar a los organismos operadores, el permiso de descarga correspondiente, en los términos de la presente Ley y sus disposiciones reglamentarias.



Reglamento de la ley aguas nacionales.



Contaminantes



ARTICULO 135.- Las personas físicas o morales que efectúen descargas de aguas residuales a los cuerpos receptores a que se refiere la "Ley", deberán:



I. Contar con el permiso de descarga de aguas residuales que les expida "La Comisión", o en su caso, presentar el aviso respectivo a que se refiere la "Ley" y este Reglamento;



II. Tratar las aguas residuales previamente a su vertido a los cuerpos receptores, cuando esto sea necesario para cumplir con las obligaciones establecidas en el permiso de descarga correspondiente;



III. Cubrir, cuando proceda, el derecho federal por el uso o aprovechamiento de bienes del dominio público de la Nación como cuerpos receptores de las descargas de aguas residuales;



IV. Instalar y mantener en buen estado, los dispositivos de aforo y los accesos para muestreo que permitan verificar los volúmenes de descarga y las concentraciones de los parámetros previstos en los permisos de descarga;



V. Informar a "La Comisión" de cualquier cambio en sus procesos, cuando con ello se ocasionen modificaciones en las características o en los volúmenes de las aguas residuales que hubieran servido para expedir el permiso de descarga correspondiente;



VI. Hacer del conocimiento de "La Comisión", los contaminantes presentes en las aguas residuales que generen por causa del proceso industrial o del servicio que vienen operando, y que no estuvieran considerados originalmente en las condiciones particulares de descarga que se les hubieran fijado;



VII. Operar y mantener por sí o por terceros las obras e instalaciones necesarias para el manejo y, en su caso, el tratamiento de las aguas residuales, así como para asegurar el control de la calidad de dichas aguas antes de su descarga a cuerpos receptores;



VIII. Sujetarse a la vigilancia y fiscalización que para el control y prevención de la calidad del agua establezca "La Comisión", de conformidad con lo dispuesto en la "Ley" y el "Reglamento";



IX. Llevar un monitoreo de la calidad de las aguas residuales que descarguen o infiltren en los términos de ley y demás disposiciones reglamentarias;



X. Conservar al menos durante tres años el registro de la información sobre el monitoreo que realicen, en los términos de las disposiciones jurídicas, normas, condiciones y especificaciones técnicas aplicables, y



XI. Las demás que señalen las leyes y disposiciones reglamentarias. Las descargas de aguas residuales de uso doméstico que no formen parte de un sistema municipal de alcantarillado, se podrán llevar a cabo con sujeción a las normas oficiales mexicanas que al efecto se expidan y mediante un simple aviso.



ARTICULO 151.- Se prohíbe depositar, en los cuerpos receptores y zonas federales, basura, materiales, lodos provenientes del tratamiento de descarga de aguas residuales y demás desechos o residuos que por efecto de disolución o arrastre, contaminen las aguas de los cuerpos receptores, así como aquellos desechos o residuos considerados peligrosos en las normas oficiales mexicanas respectivas.



Comparación



Los dos ordenamientos legales considen en que prohiben la descargas de materiales contaminates en los cuerpos de agua receptores de las redes de drenaje, pero despues tambien permiten que lo hagan, pero requieren de un permiso que los organismos encargados deben de expedir.



En este caso la norma nacional dice que deberan sujetarse a la vigilancia y fiscalización que para el control y prevención de la calidad del agua antes de su descarga en los cuerpos receptores.



En tanto que la norma estatal establece que el Ejecutivo del Estado, a través de la Comisión, determinará los parámetros que deberán cumplir las descargas, la capacidad de asimilación y dilución de los cuerpos de aguas de jurisdicción estatal y las descargas de contaminantes que éstos pueden recibir, así como las metas de calidad y los plazos para alcanzarlas, mediante la expedición de declaratorias de clasificación de los cuerpos receptores de jurisdicción estatal.



Los responsables de las descargas a que se refiere este artículo, deberán solicitar a los organismos operadores, el permiso de descarga correspondiente, en los términos de la presente Ley y sus disposiciones reglamentarias.



Comentario



Aunque en un principio la reglamentación pareciera prohibir la descarga de los contaminantes a los cuerpos de agua, después reglamenta para controlarla. Lo que al final de cuentas se traduce en el desarrollo de la contaminación. Creo que es mejor evitar la contaminación que controlarla.



La lógica de las leyes tanto Federales como Estatales es el control y trasladan a los responsables de esta contaminación a cargar con los costos de sanear las aguas antes de descargarlas. Ahora el problema es si realmente se cumple con esta labor de sanidad. Con los niveles de corrupción que hay en el país, ¿que tanto podemos confiar en estas disposiciones regulatorias?



Daniel Barrientos López

14 Abrl 2010

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Para uso académico: Materiales de práctica escolar del curso de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación. Universidad de Sonora, Abril 2010

Cosecha de muerte

Cosecha de muerte
¿Por que sembramos la muerte en las aguas?

Basura flotante

Basura flotante
Si tienes hambre y quieres ir a pescar, solo encontraras las aguas mugrosas

Rio de muerte

Rio de muerte
La contaminación de los rios se muestra impunemente.

Jardin de botellas

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Los depositos de agua convertidos en deposito de basura

Agua clara

Agua clara
Un chapuzón de agua o basura?

lunes, 19 de abril de 2010

LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA Y POSIBLES ALTERNATIVAS.

LA CONTAMINACIÓN DEL AGUA Y POSIBLES ALTERNATIVAS.
INTRODUCCIÓN
El agua es un recurso necesario para todas las formas de vida que habitan el planeta, lo que le otorga un valor inconmensurable para la preservación de la vida.
El volumen del agua en la tierra es de 1360 millones de km3, pero solo el 3 % es dulce y la mitad de ella potable. Una gran cantidad de las aguas dulces están en forma de hielo o son subterráneas y de difícil acceso. Solo el 0.008 % se halla en lagos, ríos y otras formas de fácil acceso.
Se entiende por potable que es apta para beber y los demás usos domésticos. Es límpida e inodora, debe contener aire disuelto. No debe tener materias orgánicas, ni poseer gérmenes patógenos ni sustancias químicas.
CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS
La contaminación de las aguas subterráneas
Los acuíferos subterráneos, que proporcionan agua para el consumo y para la actividad agrícola, se ven gravemente afectados por la contaminación y la sobreexplotación. La tierra filtra los vertidos urbanos e industriales y el agua de lluvia contaminada, alterando e inutilizando las aguas subterráneas. En los acuíferos costeros, la extracción excesiva del agua provoca la invasión procedente del mar dando lugar a su salinización.
La contaminación de los ríos
La contaminación que sufre el agua de los ríos se debe al vertido directo de residuos de la actividad humana. Existen microorganismos que consumen mucho oxígeno al transformar los contaminantes, lo que hace que otros seres acuáticos puedan terminar muriendo por carecer de él. Además, se desarrolla una flora adaptada a estas condiciones de degradación del agua que altera aún más la situación.
La contaminación de los lagos
A los lagos llegan restos de detergentes y abonos, ricos en fósforo y nitrógeno, las algas se alimentan de ellos y se multiplican rápidamente. El agua de los lagos tiene poco movimiento, está prácticamente estancada, así que los restos de las algas que mueren se van depositando en el fondo y sirven de alimento a las siguientes generaciones tras la acción depurativa de los microorganismos. Como consecuencia, aunque los vertidos se interrumpan, el proceso de degradación del agua continúa de forma natural: las aguas se vuelven turbias, opacas y sin oxígeno. Este lento proceso se denomina eutrofización.
La contaminación del mar
El agua del mar se encuentra amenazada por la contaminación procedente de embarcaciones y plataformas petrolíferas, por los vertidos directos desde la costa (de origen urbano, industrial y agropecuario) y por la desembocadura de ríos contaminados. Como consecuencia, la fauna y la flora de los ecosistemas marinos, así como las actividades pesqueras y turísticas, se ven gravemente afectadas.
LOS CONTAMINATES DEL AGUA
Los contaminantes orgánicos del agua.
Los compuestos orgánicos consisten en cadenas largas, generalmente de carbono. Los tejidos de los organismos vivos están basados en compuestos orgánicos. Estas cadenas están construidas por moléculas de carbono y de hidrógeno combinadas entre sí cuya característica es que no son polares y tienen poca o ninguna solubilidad en el agua. También destacan porque apenas tienen carga eléctrica.
El comportamiento de los compuestos orgánicos depende de su estructura molecular, el tamaño, la forma y la presencia de sus grupos funcionales que son los verdaderos e importantes factores determinantes de la toxicidad. Es importante conocer la estructura de los compuestos orgánicos, con el fin de predecir sus efectos en los organismos vivos y el medio ambiente. Los compuestos orgánicos que son peligrosos para el medio ambiente están todos fabricados por la mano del hombre y sólo se ha conocido su existencia desde el siglo pasado.
Hay muchos tipos diferentes de contaminantes orgánicos, veamos los siguientes ejemplos:
- Hidrocarburos. Estos son cadenas de carbono-hidrógeno. Pueden a su vez dividirse en dos clases, la primera que consiste en alcanos, alquenos y alquinos (gases o líquidos) y la segunda que son los hidrocarburos aromáticos, que contienen estructuras de anillo (líquidos o sólidos). Los hidrocarburos aromáticos, son mucho más reactivos que cualquiera de los de la primera clase de tipos de hidrocarburos.
- PCB's son aquellos fluidos, tanto líquidos como gaseosos que se utilizan en la industria hidráulica, o se uso en el líquido de refrigeración, o como agente plastificante en pinturas. Hay muchas clases de PCB's. Ninguno de ellos son solubles en agua y en muchos países los PCB's están restringidos y regulada su utilización.
- Los insecticidas como el DDT son muy peligrosos porque se acumulan en la grasa de animales y, a partir de ellos, entran dentro de la cadena alimentaria.
- Detergentes. Estos pueden ser tanto polares como no polares.
Los contaminantes inorgánicos
Fertilizantes inorgánicos
Algunos contaminantes inorgánicos no son particularmente tóxicos, pero siguen siendo un peligro para el medio ambiente porque su uso está bastante extendido por toda la geografía humana. Estos productos incluyen los fertilizantes, tales como nitratos y fosfatos.
Los nitratos y los fosfatos causan una elevada floración de algas en la superficie del agua, lo que hace que los rayos del sol no incidan sobre el resto de la flora y nivel de oxígeno del agua disminuya. A este problema se le llama eutrofización.
Metales
Los metales son sustancias naturales de origen mineral. Los metales pueden causar graves daños al agua y al medio ambiente. Ejemplos de metales son: plomo, zinc, manganeso, calcio y potasio. Otros metales de naturaleza artificial pueden ser muy peligrosos, porque a menudo provienen de un origen nuclear y sus reacciones pueden ser muy radiactivas.
Los metales pueden reaccionar con otros iones de otros productos también peligrosos. A menudo están implicados en las reacciones de transferencia electrónica pueden formar metaloides para formar sustancias lipofílicas, que permiten la acumulación de dicho metal en la grasa de tipo animal y por supuesto en la de los seres humanos. Los metales pesados son los metales más peligrosos. Estos metales no pueden desglosarse en componentes menos dañinos, ya que no son biodegradables.
Isótopos radiactivos en el agua
Los seres humanos han creado todos los isótopos radiactivos que existen, procedentes de la industria nuclear. Todavía hay debates sobre los beneficios de la energía nuclear respecto a los peligros de las radiaciones.
CONTAMINATES POR SU ORIGEN
Los hogares domésticos, las industrias y prácticas agrícolas que producen las aguas residuales pueden causar la contaminación de numerosos lagos y ríos.
Las aguas residuales a menudo contiene heces, orina y residuos de lavandería. La eliminación de aguas residuales es un problema importante pues las aguas residuales no tratadas contaminan el medio ambiente y causan enfermedades como la diarrea.
Las aguas residuales deben ser tratadas en plantas de tratamiento de agua y los residuos se eliminan a menudo en el mar.
Desechos industriales
La industria es una enorme fuente de contaminación del agua, que produce contaminantes que son extremadamente perjudiciales para las personas y para el medio ambiente.
Muchas instalaciones de uso industrial suelen verter los residuos de la planta en los ríos, lagos y océanos.
Los contaminantes procedentes de fuentes industriales incluyen:
Amianto. Este contaminante es un grave peligro para la salud y cancerígeno. Las fibras de amianto pueden ser inhaladas y provocar enfermedades como la asbestosis, mesotelioma, el cáncer de pulmón, cáncer intestinal y cáncer de hígado.
Plomo. Este es un elemento metálico y puede causar problemas de salud y problemas ambientales. El plomo es nocivo para la salud de muchos animales, incluidos los seres humanos, ya que puede inhibir la acción de las enzimas corporales.
Mercurio. Este es un elemento metálico y puede causar problemas de salud y problemas ambientales. El mercurio es también perjudicial para la salud de los animales, ya que puede causar enfermedades a través de envenenamiento por mercurio.
Nitratos y fosfatos. El aumento del uso de fertilizantes significa que los nitratos son más a menudo arrastrados hasta ríos y lagos. Esto puede provocar la eutrofización, que puede ser muy problemático para el medio marino.
Azufre. Perjudicial para la vida marina.
Aceites. No se disuelve en el agua, sino que forma una gruesa capa sobre la superficie del agua. Esto puede impedir el crecimiento a las plantas marinas que reciben insuficiente luz para la fotosíntesis. También es perjudicial para los peces y las aves marinas.
Petroquímicos. Este está formado por gas o la gasolina y puede ser tóxico para la vida marina.
Contaminación del agua por el aire
La deposición atmosférica es la contaminación del agua causada por la contaminación del aire.
En la atmósfera, el agua se mezcla con partículas de dióxido de carbono, dióxido de azufre y óxidos de nitrógeno, formando un ácido débil. La contaminación del aire significa que el vapor de agua absorbe más de estos gases y se convierte en aún más ácida. Cuando llueve el agua está contaminada con estos gases, esto se llama lluvia ácida. Cuando la lluvia ácida contamina los hábitats marinos, tales como ríos y lagos, la vida acuática es perjudicada.
SOLUCIONES
Hacer cumplir las leyes vigentes. Las normas establecidas tratan de regular e impedir que los recursos hídricos se sigan contaminando, pero es indispensables evaluar la eficacia de las normas de forma constante pues las regulaciones se van haciendo caducas, ante la presencia de nuevos contaminantes.
Además es importante poner especial cuidado en los siguientes puntos que hay que promover.
• Fomento del uso eficiente de los recursos hidráulicos mediante la reducción del consumo de agua y la reutilización de aguas residuales.
• Realización de evaluaciones de impacto ambiental previas a la construcción de todas aquellas infraestructuras que puedan alterar los ecosistemas.
• Reducción de la contaminación en origen, control de los vertidos y penalización administrativa cuando haya irregularidades.
• Instalación de plantas de tratamiento de aguas residuales procedentes de los núcleos urbanos y las plantas industriales.
• Establecimiento de planes de recuperación ambiental de zonas que ya han sufrido alteraciones o contaminaciones.
• La reducción de la contaminación del agua causada por el uso de fertilizantes y pesticidas químicos.
• Reducir y sustituir con plantas regionales que no requieren riego, las zonas urbanas y suburbanas adornadas con césped y que requieren, además, el uso de fertilizantes y pesticidas
• Evitar una mayor destrucción de los humedales, y restablecer los dañados.
• Conducir menos. Alrededor de un tercio de la contaminación de nitrógeno proviene de las emisiones de automóviles.
• La reducción de la deforestación. Los bosques actúan como una esponja para absorber las lluvias, cuando todos los árboles se talan, el ecosistema muere. El agua de lluvia corre directamente erosionando el suelo, arrastrando los sedimentos. Hay que proteger a los bosques de la tala; Así como la aplicación de métodos para ahorrar papel. También es de destacar que la fabricación de papel es altamente contaminante.
• Las aguas subterráneas requieren una especial protección y se debe evitar su sobreexplotación.
• En el agua de ríos y lagos la eutrofización se puede reducir mediante el empleo de detergentes sin fosfatos, la moderación en el uso de abonos o fertilizantes y su tratamiento antes de ser liberados al medio ambiente.

PROPUESTA PARA DE INTERVENCIÓN EN EL PROBLEMA DE LA CONTAMINACIÓN DE LAS AGUAS EN SONORA.
Las leyes federale y estatales que regulan el uso del agua considen en que prohíben la descargas de materiales contaminantes en los cuerpos de agua receptores de las redes de drenaje, pero después también permiten que lo hagan, pero requieren de un permiso que los organismos encargados deben de expedir.
En este caso la norma nacional dice que deberán sujetarse a la vigilancia y fiscalización que para el control y prevención de la calidad del agua antes de su descarga en los cuerpos receptores.
En tanto que la norma estatal establece que el Ejecutivo del Estado, a través de la Comisión, determinará los parámetros que deberán cumplir las descargas, la capacidad de asimilación y dilución de los cuerpos de aguas de jurisdicción estatal y las descargas de contaminantes que éstos pueden recibir, así como las metas de calidad y los plazos para alcanzarlas, mediante la expedición de declaratorias de clasificación de los cuerpos receptores de jurisdicción estatal.
Los responsables de las descargas a que se refiere este artículo, deberán solicitar a los organismos operadores, el permiso de descarga correspondiente, en los términos de la presente Ley y sus disposiciones reglamentarias.
La lógica de las leyes tanto Federales como Estatales es el control y trasladan a los responsables de esta contaminación a cargar con los costos de sanear las aguas antes de descargarlas. Ahora el problema es si realmente se cumple con esta labor de sanidad. Con los niveles de corrupción que hay en el país, ¿que tanto podemos confiar en estas disposiciones regulativas?
Es evidente que muy poco, pues la corrupsión y la falta de vigilancia por parte de la sociedad civil, hacen de todo esto un labarinto burocratico que para frenar la contaminación de las aguas, sirve de muy poco.
Por lo anterior se propone la formación de un OBSERVATORIO CIUDADANO que vigile y monitorie y denuncia a la sociedad las condiciones de contaminación que tienen nuestros recursos hidricos.
Punto de partida y tareas urgentes.
La calidad de los recursos hídricos superficiales y subterráneos en el estado de Sonora, se han visto afectados por problemas de salinidad debido a la sobreexplotación de acuíferos y a la intrusión marina, así como por contaminación con metales pesados y agroquímicos derivados de las actividades antropogénicas. Para determinar el grado de afectación y el impacto que esto acarrea, es prioritario realizar un análisis contextual de la sustentabilidad de las condiciones de calidad y de contaminación que presenta el agua en el estado de Sonora.
Es importante implementar un programa estatal de monitoreo periódico, tanto de la cantidad como de la calidad del agua. La ubicación de zonas contaminadas por aguas residuales no tratadas, salinas y por agroquímicos, permitirá identificar sitios inadecuados para la reserva y explotación de agua potable, para uso industrial e irrigación.







BIBLIOGRAFIA
Comisión Nacional del Agua en México:
http://www.cna.gob.mx/eCNA/Espaniol/Directorio/Default.aspx
Infoagua:
http://www.infoagua.org/
Grond water &drinking water:
http://www.epa.gov/safewater/agua/estandares.html
Adecagua.org:
http://www.adecagua.org/adecagua_org.htm



Daniel Barrientos López
19 de abril de 2010
Hermosillo, Sonora.

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